Salario mínimo, vital y móvil
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Su Análisis
13 de septiembre de 2012
,por Jacar, Héctor
1. INTRODUCCIÓN
La remuneración entendida conceptualmente como la principal contraprestación que recibe el trabajador como consecuencia del contrato de trabajo, es a su vez la principal obligación del empleador abonarla.
No sólo se abona por las prestaciones efectivamente realizadas, sino que también extiende la obligación del empleador a la disponibilidad de la fuerza de trabajo a favor del mismo.
2. CONCEPTO
La Ley de Contrato de Trabajo (Ley Nº 20.744) en su artículo 116, define al salario mínimo, vital y móvil como:
{“la menor remuneración que debe... >
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Su Análisis
1 de febrero de 2010
,por Medrano, Marcela y Jacar, Héctor
1. INTRODUCCIÓN
Está resultando casi habitual que la oficina de personal de una empresa reciba oficios judiciales, para que el empleador proceda a trabar embargo sobre el sueldo bruto del trabajador, por el no cumplimiento de alguna obligación, por la cual es pasible de juicio ejecutivo o alimentario, entre otros.
Los trabajadores son alentados al consumo, tentados por las facilidades que otorgan las entidades financieras para la obtención de créditos personales, sumado a la insistencia de las entidades bancarias para que se adhieran a los servicios que ofrecen, como tarjetas... >
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31 de julio de 2008
,por Santos Romero, Analía
A partir de agosto los trabajadores no podrán percibir una remuneración inferior a los mil doscientos pesos ($ 1.200) mensuales.
Ello se debe a que la Ley de Contrato de Trabajo (Ley Nº 20.744) establece que todo trabajador mayor de dieciocho años, tiene derecho a percibir una remuneración no inferior al salario mínimo vital.
A su vez, define al salario mínimo vital, como la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador sin cargas de familia, en su jornada legal de trabajo, de modo que le asegure alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario,... >
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